La documentación preceptiva que deberá presentar es la siguiente:
- Solicitud de prestación (on line partir del jueves 26 de marzo).
- Declaración Responsable (se aporta modelo en la solicitud on-line)
- Modelo 145 de datos al pagador, excepto País Vasco y Navarra.
- Fotocopia DNI/NIE/Pasaporte (válida foto del DNI por ambas caras).
- Número de Cuenta Bancaria, código IBAN.
Igualmente, aunque no adjuntarla, sí deberá tener disponible la siguiente documentación por si le es requerida posteriormente, ya que con la firma de la Declaración Responsable no es necesario.
- Libro de familia o documento equivalente en caso de extranjeros, si existen hijos a su cargo.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente de pago en la fecha del hecho causante.
- Si existe aplazamiento de cuotas pendientes de pago a la TGSS: resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social, del aplazamiento de las cuotas pendientes de pago, y justificantes mensuales del pago y cumplimiento de los plazos establecidos en la misma.
- Si existen cotizaciones en el extranjero: documentación acreditativa de las cotizaciones realizadas en el Extranjero.
- Resolución Administrativa o Judicial de reconocimiento de la prestación o ayuda correspondiente, si tuviese alguna concedida.
- Documentación específica cuando se alegue reducción de la facturación mensual: Libro de registro de facturas emitidas y recibidas; libro diario de ingresos y gastos; libro registro de ventas e ingresos; libro de compras y gastos, o cualquier otro medio de prueba admitido en Derecho para acreditar dicha reducción en la facturación.