Si esta es su opción, le informamos de los requisitos necesarios para acceder a la misma:
- Estar afiliados y en alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
- Disponer de un período mínimo de cotización de 12 meses continuados en la prestación por cese de actividad (art. 338 LGSS)
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, salvo que no tuviera acreditado el período de cotización requerido para ello.
- Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. No obstante, podría regularizar su situación si se abonan estas cuotas en un plazo de 30 días naturales tras recibir la invitación al pago por parte del órgano gestor, teniendo en ese caso plenos efectos para la adquisición del derecho a la protección.
- Acreditar una reducción en la facturación durante el 3º trimestre de 2020 de al menos el 75% en relación con el mismo período del año 2019.
- No haber obtenido durante ese 3º trimestre unos rendimientos netos superiores a 5.818,75 euros (1.939,58 euros mensuales).
- Acreditar mediante la firma de una declaración responsable el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y de Seguridad Social que tenga asumidas.